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Auction 736, Lot # 26

DI - García, Carlos.
Decreto "Ley del Caso".
"...Art. 1o. El Gobierno hará que inmediatamente se proceda á asegurar para espeler del territorio de la República por seis años á los individuos (sic) siguientes, y cuantos se encuentren en el mismo caso, sin necesidad de nuevo decreto...". México 23 de Junio de 1833.
Se conoce como Ley del Caso al decreto expedido el 23 de junio de 1833 por el Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, por medio del cual se ordenó el destierro de medio centenar de individuos a quienes se le consideraba opositores al régimen reformista. Es referida con este nombre porque especificaba ser extensiva a todos los individuos que "se encuentren en el mismo caso", sin explicar cuál fuera, situación que permitió a diversos congresos estatales elaborar sus propias listas para deshacerse de sus opositores. También es conocida como la ley del ostracismo político.
En las elecciones de marzo de 1833 Santa Anna fue elegido Presidente y Valentín Gómez Farías, resultó electo vicepresidente. El día 23 de junio tras acaloradas discusiones se aprobó y proclamó este decreto.
Los afectados por esta ley fueron: Francisco Sánchez de Tagle, Francisco Molinos del Campo, Florentino Cornejo, Joaquín Ramírez y Sesma, General Zenón Fernández, Teniente Coronel Pablo Barrera, Mariano Michelena, Antonio Alonso Terán, Francisco Almirante, José Fontecha, Francisco Fagoaga, Joaquín Villa (médico), Félix Lope de Vergara, Canónigo Manuel Posada y Garduño, Magistral Joaquín Oteiza, Canónigo Joaquín Madrid, Miguel Santa María, Juan Nepomuceno Navarrete, José Domínguez Manzo, Florentino Martínez, José Morán, Nicolás Condelle, Eulogio Villaurrutia, Antonio Villaurrutia, Mariano Villaurrutia, Juan Nepomuceno Quintero, Antonio Fernández Monjardín, José Segundo Carvajal, José María Gutiérrez de Estrada, Miguel Barreiro, Felipe Codallos, Juan José Andrade, Canónigo Juan Manuel Irisarri y Peralta, Anastasio Bustamante, Rafael Mangino, Mariano Paz y Tagle, Pedro Marcial Guerra, Luis Antepara, Carlos Beneski, José Antonio Mozo, Gabriel de Yermo, José de Yermo, José Justo Gómez de la Cortina, Domingo Pozo, José Cacho, Teniente Coronel Miguel González, Coronel Joaquín Orihuela, José Aniovas, Rafael Dávila, Médico Martínez Gutiérrez, y Manuel Cortázar.
Esta ley se utilizó como un arma política, bajo su amparo se cometieron un sinnúmero de atropellos jurídicos. Las legislaturas de los estados redactaron sus propias listas para deshacerse de sus enemigos políticos. Los opositores al régimen aprovecharon esta circunstancia para realizar críticas y polarizar a la sociedad. A consecuencia de la proclamación del Plan de Cuernavaca, la ley fue derogada el 30 de julio de 1834.
Extremadamente raro documento. No figura en bibliotecas públicas (Worldcat, 2014).
Estimado $22,000-26,000


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